jueves, 20 de mayo de 2010

Documento histórico (Expte N° 9865-I-1932)

En Buenos Aires, a los diez y seis horas y cincuenta minutos del día quince del mes de junio del año mil novecientos treinta y dos, reunidos en la Sala de Sesiones del Consejo Nacional de Educación, los Señores Vocales Profesora Señorita Inés Recalt, Profesor Don Avelino Herrera y Doctor Don Agustín Pestalardo, bajo la presidencia del Doctor Ramón J. Cárcano, el señor Presidente declara abierta la sesión.
Acto contínuo se leyó, aprobó y firmó el acta anterior.
En seguida el H. Consejo tomó en consideración los diversos asuntos que tenía para su resolución, disponiendo:
... Expte 9865 I/932 ...
1° Disponer el inmediato funcionamiento de una escuela en cada uno de los lugares de territorios que cita la nómina adjunta de la Inspección General respectiva, en los que exista censada una población escolar mínima de veinticinco niños y local cedido gratuitamente.
2° Para el cumplimiento de la disposición precedente, las Inspecciones Seccionales quedan autorizadas a encargar de la dirección de estas nuevas escuelas a maestros de la zona, de buen concepto y aptitudes directivas, quienes conservarán su sueldo actual hasta tanto el presupuesto permita proveerlas a la categoría de sus funciones efectivas.
3° Para las designaciones a que se refiere el artículo anterior . los Srs Inspectores darán preferencia a igualdad de concepto y aptitudes directivas, al aspirante de mayor antiguedad.
4° Los maestros directores se trasladarán sin pérdida de tiempo a sus nuevos destinos, por propios medios, pudiendo luego solicitar reintegro de sus gastos comprobados. Asimismo tramitarán la provisión de muebles y útiles, utilizando entretanto los que obtengan de la Inspección Seccional y de las escuelas vecinas.
5° En los casos de escuelas que deban funcionar con vacaciones de invierno (junio, julio y agosto), las Inspecciones Seccionales procederán de modo que puedan iniciar sus clases el 1° de septiembre próximo.
6° Los Srs Inspectores darán cuenta al Consejo, por intermedio de la Inspección General, de la forma en que dén cumplimiento a esta resolución; de lo que se dejará constancia en sus respectivas fojas de servicio.
7° La Inspección General de Territorios propondrá la numeración de las escuelas que se crean por esta resolución.
... No habiendo más asuntos que tratar se levantó la sesión siendo las diez y siete horas y cincuenta minutos.

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